PROYECTO COMUNITARIO

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sábado, 26 de noviembre de 2011

Artículo 4 de la Ley de Servicio Comunitario


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UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS  OCCIDENTALES
“EZEQUIEL ZAMORA”
UNELLEZ – APURE

POST-GRADO
CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
DOCENCIA UNIVERSITARIA


Participante:
Pérez, Santiago


Referente al Artículo 4 de la Ley de Servicio Comunitario, particularmente pienso que los estudiantes como tal deben aplicar al máximo todos sus conocimientos adquiridos durante su formación académica, en la ejecución del Servicio Comunitario ya que estos conocimientos le permitirán hacer de la extensión comunitaria una herramienta que propicie la formación de profesionales con espíritu de emprendimiento, impulsando el saber ser, saber hacer, el conocer y aprender a vivir. Entendiendo como servicio comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos .Los cuales servirán para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social de acuerdo con lo establecido en la Constitución Bolivariana de Venezuela y en esta Ley.
A mi parecer se cumple a medias por un componente curricular relativamente nuevo y novedoso, no le dan la importancia que requiere siendo este una nueva oportunidad de aprendizaje.

LEY DE SERVICIO COMUNITARIO


 San Fernando 25/11/11

Autor: María González

LEY DE SERVICIO COMUNITARIO

ART. 4

  Se entiende por servicio comunitario, todo lo relacionado con la cooperación social que debe hacerse en la preparación de un o una profesional en pregrado en una comunidad específica, tomando en cuenta que para la realización de una investigación se deben considerar tener conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos que vayan en función del bienestar social. Servicio social es una ley y como eso debe cumplirse, lo cual esta establecido así por nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.


Todos los humanos debemos necesariamente tener cultura comunitario, muchas veces les personas la tienen y no se den cuenta de esa herramienta que nos permite ser parte de la solución del problema y no de el, existen tantas formas de querer ayudar a solucionar una situación en una comunidad, o simplemente a una persona, nuestros padres, hijos, vecinos, amistades en este sentido se espera que el estudiante universitario debe desarrollar una actividad de cualquier tipo siempre y cuando tenga conexión con la solución del problema que se este presentando, de esta manera se convierte en un mediador, en un ser pensante y capaz de buscar la salida mas conveniente que no perjudique a los implicados.  

viernes, 25 de noviembre de 2011

LA LEY DE SERVICIO COMUNITARIO


https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhF45jWNsO_JTTe7i3DuF1bdqsHTai7yc-vN1JmHHfohbawW6-85k62Qxg5Ll02Z6tT8LvAZc8bDvEQ2ECuTP4H1Yj-maSusjbkjk4dLlgitX1JWJvpD1Bp9u1agHQETC4p4oO-RN6Rd6cP/s1600/LOGOTIPO-UNELLEZ.png
Universidad Nacional Experimental
De los Llanos Occidentales
Ezequiel Zamora
Apure
Sub-Proyecto: Extensión Universitaria
Facilitador: Msc. Jesús Sequera


LA LEY DE SERVICIO COMUNITARIO

Participante:
Pérez, Norelvis
C.I-11.756.938

Desde su creación; la Ley de Servicio Comunitario tiene por finalidad desarrollar actividades que busquen el beneficio de las comunidades. La misma fue sustentada de gran manera por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual en su artículo 3 reza lo siguiente: “son fines esenciales del Estado Venezolano la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promosion de la prosperidad y el bienestar del pueblo y la garantía de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en ésta Constitución.”La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.
Es a partir de aquí que podemos concebir al Servicio Comunitario como una herramienta de gran relevancia dentro del proceso enseñanza-aprendizaje que actualmente desarrollan nuestras instituciones de educación superior, a nivel de post-grado claro está.Particularmente he tenido la oportunidad de aplicarla con mis estudiantes de pre-grado.De igual manera cuando estaba culminando estudios de pre-grado cursaba un sub-proyecto denominado VIVENCIAL, durante el desarrollo del mismo visitamos otros Estados con la finalidad de aplicar herramientas  aprendidas y adquiridas en la búsqueda de soluciones específicas y determinantes.
En la actualidad también ejerzo el servicio comunitario, laboralmente desempeñamos actividades de servicio comunitario un dia en específico donde nos trasladamos a una comunidad con la finalidad de realizar embellecimiento y ornamentación. Aunque la actividad se ve politizada, su finalidad real es brindar un servicio que brinde solución a determinada problemática.
Basado en ello considero el servicio comunitario una herramienta bastante efectiva.

martes, 22 de noviembre de 2011


El Artículo 4 de la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, define el ejercicio pleno del servicio comunitario, el cual no es más que la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior. Ahora bien, los legisladores al momento de sancionar dicha Ley trataron de vincular “legalmente” al estudiante con cualquier comunidad o institución, todo ello, para despertar en el nuevo estudiantado y futuros profesionales, el amor y sentimiento de pertenencia para con la comunidad a través del diagnostico, definición y planteamiento de posibles soluciones para los problemas más relevantes de las mismas.
Sin embargo, para el autor es menester contrastar la realidad que impera en las instituciones de educación superior al momento de dictar la cátedra de servicio comunitario, y es que, algunos grupos de estudiantes e inclusive facilitadores obvian el espíritu del servicio comunitario y lo sustituyen por donaciones económicas o regalos para comunidades necesitadas o instituciones afectadas por serios problemas, ¿malo?, de ninguna manera puede considerarse que es una acción equivocada, pues a la hora de tender una mano amiga no existe crítica alguna que valga, pero si bien es cierto la Academia debe ser pionera en el cumplimiento inequívoco de las normativas legales en ciertas oportunidades no se verifica.
Así pues, la diatriba radica en el pilar fundamental del servicio comunitario, en su interpretación, en su análisis, para su posterior aplicación adecuada. Si se logra una correcta aplicación del servicio comunitario en pregrado los profesionales iniciarían con buen pie su vida profesional, dado que, parta ejercer el servicio comunitario hay necesariamente que aplicar el conocimiento científico adquirido durante todos los años de estudios de pregrado, bien sea en el área humanística, científica, cultural, deportiva, entre otros.
Finalmente, es preocupante que el espíritu del artículo 4 de la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior en reiteradas oportunidades no se comprenda de la manera más indicada, causándoles un grave daño a los futuros profesionales en detrimento de su capacidad de analizar e implementar las técnicas y herramientas adquiridas durante el largo recorrido universitario necesario para lograr el fin principal del estudiante universitario, adquirir un conocimiento científico especializado de un área determinada de la vida y dejarle un aporte valioso a una comunidad o institución necesitada.




LUIS SANZ
C.I.: 16.512.535
EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
POSTGRADO-UNELLLEZ

Ensayo (Ley de Servicio Comunitario)


UNELLEZ-POSTGRADO
Extensión Universitaria
Ensayo (Ley de Servicio Comunitario)
Johanna Narváez C.I 15.681.261 


1
Se entiende por servicio comunitario a las actividades que deben realizar los estudiantes que aspiran a un título universitario con la aplicación de los diversos conocimientos adquiridos como son científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanista en una respectiva comunidad  tomando en cuenta que el servicio comunitario que muchas instituciones de educación universitaria no lo implementan de una forma correcta, esta ley en ocasiones es utilizada para actividades de un beneficio propio y los alumnos no imparten sus conocimientos con las comunidades que de verdad lo ameritan.
            Considero que esta ley fomenta el humanismo, la solidaridad  y el compromiso con las comunidades que debe tener los estudiantes y hacer de que no ocurre nada  a su alrededor y de esta manera colocar un granito de arena para que nuestra sociedad sea un poquito mejor. Por otra parte el hecho de enriquecer la actividad de educación superior, de una forma de aprendizaje con una aplicación de conocimientos adquiridos durante la formación académica; el hecho de integrar las universidades de educación universitaria con la comunidad para así contribuir con el desarrollo de la sociedad venezolana como lo establece la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
            Por otra parte se debería aplicar esta ley no solamente en la instituciones de educación superior si no en otros entes para hacer caer en cuenta que todos podemos ayudar a una comunidad que requiera de soluciones en cuanto a cómo debería darse a conocer esta ley de la siguiente manera dando charlas, foros y otros medios para difundir esta ley y que no continúe en el desconocimientos de muchos venezolanos.
            Para finalizar esto suena muy bonito pero la mayoría de los venezolanos vemos la realización de esta actividad como una tranca para obtener nuestro titulo y no vemos que importante es el contacto con las comunidades, el conocer qué problema tienen la realidad que allí viven y cómo podemos nosotros colaborarle para que exista una solución y haya una mejoría en su comunidad.

Ensayo sobre Ley de Servicio Comunitario Del Estudiante de Educación Superior





UNELLEZ –Postgrado,

Sub-proyecto: EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, Profesor: Jesús Sequera
17 de octubre de 2011


LEY DE SERVICIO COMUNITARIO
Del Estudiante de Educación Superior

Articulo Nº 4
Definición: A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley.

ANÁLISIS
            En este artículo se define el Servicio Comunitario, como toda actividad la cual debe realizarse por el Estudiante de Educación Superior en alguna o en diversas comunidades, utilizando todos aquellos conocimientos “científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos”, que fueron recibidos en su proceso de enseñanza aprendizaje. Actividades que deben ser realizadas en forma “COOPERATIVA”, donde se logre el objetivo de incentivar, interactuar e integrar con la comunidad y los demás actores de este hecho o hechos, para así obtener un beneficio en común.
            Este es el deber ser de este acto (Servicio Comunitario), aunque en el presente existe una lucha para acercarse a este fin, ya que en algunas ocasiones en las diversas instituciones se presenta la falta de coordinación, información, apoyo, entre otros; que permitan alcanzar el propósito de obtener el bienestar social deseado por todos. Tampoco podría afirmar que siempre ocurra o se presente dichos obstáculos, ya que en muchas de las oportunidades se evidencia el aporte del estudiante en el desarrollo del servicio comunitario. Siempre habrá algo que aportar.


“El camino sea largo o corto siempre tendrá un final, solo hay que caminar para llegar a la meta”.

DAYANA FLORES,
23/11/2011.

PARTICIPANTE: Dayana Flores C.I. Nº V-16.270.644